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Reunión sobre "La protección de los menores en la Iglesia": Puntos de reflexión

Puntos de reflexión

Ciudad del Vaticano, Jueves, 21 de febrero de 2019

A continuación publicamos algunos puntos formulados por las diferentes Comisiones y Conferencias.

Los episcopales como ayuda para la reflexión durante el trabajo de la reunión sobre: ??"La protección de los menores en la Iglesia":

 

1. Desarrollar un manual práctico en el que se especifiquen los pasos a seguir. Autoridad en todos los momentos clave del surgimiento de un caso.

2. Estar equipado con instalaciones auditivas, formadas por personas capacitadas y con experiencia, donde se practica. Primer discernimiento de casos de presuntas víctimas.

3. Establecer los criterios para la participación directa del Obispo o del Superior Religioso.

4. Implementar procedimientos compartidos para examinar las denuncias, la protección de las víctimas y el derecho de Defensa del acusado.

5. Informar a las autoridades civiles y a las autoridades eclesiásticas superiores de conformidad con las normas civiles y canónicas.

6. Revisar periódicamente los protocolos y reglas para salvaguardar un entorno protegido para menores en todas las estructuras pastorales; protocolos y normas basadas en los principios de justicia y caridad y que debe integrarse para que la acción de la Iglesia también en este campo de acuerdo con su misión.

7. Establecer protocolos específicos para el manejo de las acusaciones contra los obispos.

8. Acompañar, proteger y tratar a las víctimas, ofreciéndoles todo el apoyo necesario para una curación completa.

9. Aumentar la conciencia de las causas y consecuencias del abuso sexual a través de iniciativas de formación permanente de obispos, superiores religiosos, clérigos y practicantes de la pastoral.

10. Preparación de vías de atención pastoral para las comunidades lesionadas por abusos y rutas penitenciales y de recuperación para los perpetradores.

11. Consolidar la colaboración con todas las personas de buena voluntad y con los operadores de los medios de comunicación para reconocer y discernir los casos reales de los falsos, las acusaciones de difamación, evitar el rencor y las insinuaciones, los rumores y las difamaciones. (cfr. Dirección a la Curia romana, 21 de diciembre de 2018).

12. Elevar la edad mínima para contraer matrimonio a los dieciséis años.

13. Establecer disposiciones que regulen y faciliten la participación de expertos legos en las investigaciones y en los diversos grados de juicio de los procesos canónicos relacionados con el abuso sexual y / o de poder.

14. El derecho a la defensa: el principio de derecho natural y canónico de la presunción de inocencia también debe salvaguardarse hasta que se demuestre la culpabilidad del acusado. Por lo tanto, es necesario evitar que las listas de los acusados ??sean publicadas, incluso por las diócesis, antes de la investigación preliminar y la condena definitiva.

15. Observar el principio tradicional de proporcionalidad del castigo con respecto al delito cometido. Decidir que los sacerdotes y obispos culpables de abuso sexual de menores abandonen el ministerio público.

16. Introducir reglas relativas a los seminaristas y candidatos al sacerdocio o la vida religiosa. Para que introduzcan programas de formación inicial y permanente para consolidar su madurez humana, espiritual y psicosexual, así como sus relaciones interpersonales y su comportamiento.

17. Haga una evaluación psicológica por expertos calificados y acreditados para los candidatos al sacerdocio y la vida consagrada.

18. Indique las reglas que rigen la transferencia de un seminarista o aspirante religioso de un seminario a otro; así como un sacerdote o religioso de una diócesis o congregación a otra.

19. Formular códigos de conducta obligatorios para todos los clérigos, religiosos, personal de servicio y voluntarios, para delinear los límites apropiados en las relaciones personales. Especifique los requisitos necesarios para el personal y los voluntarios, y verifique sus antecedentes penales.

20. Explique toda la información y los datos sobre los peligros del abuso y sus efectos, cómo reconocer los signos de abuso y cómo denunciar la sospecha de abuso sexual. Todo esto debe realizarse en colaboración con padres, profesores, profesionales y autoridades civiles.

21. Es necesario establecer, donde aún no se haya hecho, un cuerpo de fácil acceso para las víctimas que deseen denunciar cualquier delito. Un organismo que goza de autonomía también con respecto a la autoridad eclesiástica local y está compuesto por personas expertas (clérigos y laicos), que saben cómo expresar la atención de la Iglesia a quienes, en este campo, se consideran ofendidos por actitudes impropias de los clérigos.

 

[00305-IT.01] [Testo originale: Italiano]

[B0149-XX.01]

Gentileza de la Oficina de Prensa de la Santa Sede

Oficina de Prensa de la Conferencia Episcopal Argentina

Documentos disponibles:
Encuentro-Proteccion-de-Menores.-Puntos-de-reflexion-210219.pdf





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