Decreto sobre la Celebración de la solemnidad de la Inmaculada Concepción

A su Excelencia Reverendísima
Mons. José María ARANCEDO
Arzobispo de SANTA FE DE LA VERA CRUZ
PRESIDENTE DE LA CONFERENCIA DE OBISPOS DE ARGENTINA

 

Prot. N. 734/L/13

Ciudad  del Vaticano,  27 de noviembre de 2013

Excelencia Reverendísima:

Esta Congregación para el Culto  Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha estudiado la cuestión  que se presentaba en su carta del 12 de noviembre de 2013 (Prot. N. 167/13), para que  no  fuera  necesario  solicitar a  este  Dicasterio  la  celebración  en Argentina  de la solemnidad de la Inmaculada Concepción, el día 8 de diciembre, cuando coincida  con el Segundo Domingo de Adviento  (cf. Normas Universales sobre el Año Litúrgico y sobre el Calendario, n. 5).