Decreto sobre la Celebración de la solemnidad de la Inmaculada Concepción
A su Excelencia Reverendísima
Mons. José María ARANCEDO
Arzobispo de SANTA FE DE LA VERA CRUZ
PRESIDENTE DE LA CONFERENCIA DE OBISPOS DE ARGENTINA
Prot. N. 734/L/13
Ciudad del Vaticano, 27 de noviembre de 2013
Excelencia Reverendísima:
Esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha estudiado la cuestión que se presentaba en su carta del 12 de noviembre de 2013 (Prot. N. 167/13), para que no fuera necesario solicitar a este Dicasterio la celebración en Argentina de la solemnidad de la Inmaculada Concepción, el día 8 de diciembre, cuando coincida con el Segundo Domingo de Adviento (cf. Normas Universales sobre el Año Litúrgico y sobre el Calendario, n. 5).